Salvamento de voto al Auto 262 05Referencia: expediente ICC-943Peticionario: HECTOR MARTÍN RODRÍGUEZ LOPEZ Tal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- Folio 17 del expediente. Cfr Corte Constitucional Autos 044 de 1998, 071, 072 de 1999, 087, 108, 115, 122, 142, 159, 175, 185, 188, 197, 216 de 2001, 031, 040, 043, 037A, 60, 66, 67,69, 072, 073, 075, 081, 082 y 084 de 2002. Cfr. Corte Constitucional. Auto 087 de 2001 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Cfr. Auto 015A de 2005 M.P. Alvaro Tafur Galvis. En el Auto 009A de 2004 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa, la Sala Plena de la Corte Constitucional precisó que “(…) el Decreto 1382 de 2000 no es la norma legal que establece cuál es el despacho competente para conocer un proceso de acción de tutela. El momento procesal en que las normas del Decreto 1382 de 2000 son aplicables es cuando se va efectuar el trámite administrativo de reparto de procesos de acción de tutela entre los diferentes jueces competentes.” Cfr Corte Constitucional. Auto 009A de 2004 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Cfr. Artículos 15 y 29 del Decreto 2591 de 1991. Cfr. Corte Constitucional. Autos 170A de 2003 M.P. Eduardo Montealegre Lynett, 01 de 2004 M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra, 03 de 2004. M.P. Rodrigo Escobar Gil, 4A de 2004 M.P. Alvaro Tafur Galvis, Auto 061 de 2004 M.P. Manuel José Cepeda Espinosa y Auto 167 de 2004 M.P. Humberto Sierra Porto.
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Administrativo Del Cauca Y El Juzgado Sexto Civil Del Circuito De Popayán. Ordena Al Tribunal Administrativo Del Cauca Continuar Con El Tramite De La Accion De Tutela
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado